¿Debe perseguirse a los ‘hackers’ que actúan por curiosidad y no causan daños?

30 Abr 2008, por Datzerox

La mayor parte de los comportamientos ilícitos que se están dando en internet, principalmente atentados a la intimidad, tienen una respuesta penal “suficientemente satisfactoria”, en opinión de Juan José González Rus, catedrático de Derecho Penal, aunque, quedan “algunas lagunas por cubrir”.

Así lo ha manifestado el titular de la Universidad de Córdoba con motivo de su ponencia sobre “Los nuevos retos de la intervención penal en Internet” durante las Jornadas de Derecho Penal y Globalización en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP), en Valencia.

Vía: 20 minutos.

En concreto, el jurista se ha referido a “algunos aspectos que no son todavía constitutivos de delito, como el hacking”, ya que el intrusismo informático, en determinados supuestos “puede resultar punible, pero como comportamiento considerado de delito con carácter general no está recogido en el código penal español”.

Esto implica que el conocido como “hacker blanco, que entra -dice- para verificar las condiciones de seguridad del sistema informático” no pueda ser castigado por la ley.

En este sentido, González se ha mostrado partidario de reactualizar el debate sobre el proyecto de ley de reforma del código penal que se estaba desarrollando antes de las pasadas elecciones para incorporar una “previsión específica en relación con el hacking”.

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